El nuevo texto fija un aguinaldo equivalente a 40 días de salario para los empleados al servicio del Estado, mientras que el régimen vigente de 15 días sigue en pie para el sector privado.
Los beneficiarios de los 40 días son los que se rigen por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, entre ellos:
- Personal operativo de confianza de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal
- Personal de enlace y de mando de las instituciones públicas
- Miembros del Servicio Exterior Mexicano en funciones, tanto en territorio nacional como en el extranjero
- Personal militar en activo
- Contratistas bajo el régimen de honorarios que prestan servicios profesionales al gobierno
- Pensionados y deudos que reciben haberes de retiro, pensiones civiles, militares o de gracia, con cargo al erario federal
El calendario de pagos contempla que el inicio del desembolso para los servidores públicos será el lunes 10 de noviembre, mientras que la obligación de entregar el aguinaldo a todos los demás trabajadores permanece hasta el 20 de diciembre de 2025.
En el sector privado, la Ley Federal del Trabajo mantiene el mínimo de 15 días de aguinaldo. A pesar de una iniciativa presentada en 2024 para elevar el pago a 30 días, la propuesta sigue en trámite en el Congreso y no se ha convertido en ley.
La ley exige que el aguinaldo se pague en efectivo y en pesos mexicanos, aunque con el consentimiento del trabajador puede realizarse mediante depósito bancario o transferencia electrónica. En caso de que el patrón incurran en costos adicionales por la operación de la transferencia, dichos gastos deben cubrirlos ellos.
El incumplimiento de la obligación de pagar el aguinaldo conlleva multas que van de 5 657 a 565 700 pesos, equivalentes a 50 a 5 000 Unidades de Medida y Actualización (UMA) en 2025. Los trabajadores afectados pueden presentar denuncias ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) a través de:
- el portal web www.gob.mx/profedet
- los teléfonos 01 80 07 17 29 42; 01 80 09 11 78 77 y 59 98 20 00
- el correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx
- presencialmente en cualquier oficina de la Profedet en todo el país
