Ordenan formal arresto contra Roberto Borge

El Tribunal Superior de Apelaciones de Panamá ordenó el formal arresto en contra del exgobernador de Quintana Roo, Roberto Borge, hasta que se determine si es extraditado a México.
Durante la audiencia que se llevó a cabo hoy en, los magistrados consideraron que el exmandatario debe permanecer preso para evitar que se fugue mientras se lleva a cabo el proceso de extradición que solicitó el gobierno mexicano el pasado 27 de julio.
Borge es requerido por los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, peculado, aprovechamiento ilícito y ejercicio indebido de la función pública.
Al finalizar la audiencia, que duró sólo algunos minutos, José Candanedo, fiscal de Asuntos Internacionales de Panamá, comentó que ahora corresponderá a la Cancillería de Panamá, determinar si los elementos de prueba presentados por el gobierno de México, son suficientes para ser extraditado
“Ellos decidirán si son suficientes todos los documentos para conceder o no la extradición. Si consideran que son suficientes, conceden la extradición, y si estiman que es necesario complementarlos, entonces procederán a un tratado de unión mexicano, un plazo para que lo complementen, que puede ser hasta 30 días”.
PGR: CANCILLERÍA DEBE RESOLVER EXTRADICIÓN
La PGR informó que, durante la audiencia de ayer miércoles, que la Cancillería de Panamá deberá de ser notificada sobre el plazo de 60 días con los que cuentan para resolver el proceso de extradición del exgobernador de Quintana Roo, Roberto Borge.
Tras darse a conocer la resolución de la Cancillería Panameña, Roberto Borge contará con un plazo de 15 días para interponer alguna objeción, circunstancia bajo la que la Suprema Corte cuenta con hasta 5 días para resolver.
A través de una ficha informativa se dio a conocer, que son cuatro las causas penales locales contenidas en la petición formal que efectúo la autoridad mexicana en contra del exgobernador.
“Es importante recordar, que la solicitud formal de extradición corresponde a cuatro causas penales: la primera del fuero federal, por el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita y, las tres restantes por causas del fuero común, por lo que hace a los delitos de peculado, aprovechamiento ilícito y ejercicio indebido de la función pública”, abundó la PGR.