Al conceder una suspensión definitiva, la jueza novena de Distrito con residencia en Guanajuato, Karla María Macías Lovera, frenó de manera indefinida la transferencia de la Guardia Nacional (GN) a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) y ordenó regresar su control a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC).
Al otorgar la medida cautelar a la organización Uniendo Caminos México, representada por Ángel Castro Gómez, la juzgadora federal explicó que con la suspensión no se causa perjuicio al interés social ni al orden público, ya que no se obstaculizan las funciones de la GN para llevar a cabo labores de seguridad pública.
“Sólo continuará bajo el mando civil, tal como establece la Constitución”, señaló Macías Lovera, quien consideró que Castro Gómez, representante de la red de organizaciones civiles Uniendo Caminos México, cuenta con un interés legítimo para impugnar el decreto de los legisladores, ya que se trata de un defensor de derechos humanos.
Uno de los argumentos de Castro Gómez para solicitar el amparo es que la incorporación de la Guardia a la Sedena puede tener un efecto inhibidor de libertades como las de expresión y de reunión.
En tanto, la Suprema Corte de Justicia dio entrada a la acción de inconstitucionalidad promovida por senadores de oposición en contra del decreto aprobado por el Congreso que incorpora la GN a la Secretaría de la Defensa.
CONGELAN PASE DE GUARDIA A SEDENA
La jueza Noveno de Distrito con residencia en Guanajuato, Karla María Macías Lovera, otorgó una suspensión definitiva con la que se frena de manera indefinida la transferencia de la Guardia Nacional a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).
En su resolución, la juzgadora federal ordenó regresar el control operativo y de administración a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), al conceder la suspensión a la organización Uniendo Caminos México, representada por Ángel Castro Gómez.
“Esta suspensión no causa perjuicio al interés social ni al orden público, porque no se obstaculizan las funciones de la Guardia Nacional para llevar a cabo la función de seguridad pública, pues sólo continuará bajo el mando civil, tal como establece la Constitución”, explicó la jueza Macías Lovera.
Los efectos de la suspensión definitiva son para que no se transfiera el control operativo y administrativo de la corporación federal a la Sedena, y los mismos permanezcan a cargo de un mando civil en la SSPC, como lo establece la Constitución.
La resolución establece que se debe suspender de inmediato la transferencia de recursos presupuestarios, financieros y materiales, y en caso de que dichas operaciones ya hayan comenzado se deberán restituir los montos a la SSPC, como lo establece el Presupuesto de Egresos del presente año.
La jueza Macías Lovera concluyó que Castro Gómez, representante de Uniendo Caminos México, cuenta con un interés legítimo para impugnar el decreto aprobado por los diputados el 3 de septiembre pasado y por los senadores el día 9 del mismo mes, porque se trata de un defensor de derechos humanos.
En su solicitud de amparo, el quejoso argumentó que la incorporación de la Guardia Nacional como otro brazo armado de la Sedena puede tener un efecto inhibidor de las libertades, como la libre expresión, manifestación de ideas y de reunión.
Además, planteó que la seguridad pública es una función que debe ser atendida por autoridades civiles, y no militares, como lo establece la Carta Magna en el artículo 21.
La jueza había otorgado la suspensión provisional en contra de la transferencia de la Guardia Nacional a la Sedena, medida que fue impugnada por la Consejería Jurídica de la Presidencia y la dependencia federal, bajo el argumento de que se frenaba la creación de un cuerpo policial permanente, profesional y disciplinado para el combate a la delincuencia.
CORTE DA ENTRADA A INCONSTITUCIONALIDAD
La acción de inconstitucionalidad promovida por senadores de oposición, en contra de la incorporación de la Guardia Nacional (GN) a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) fue admitida a trámite por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá.
En su admisión, el integrante del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) indicó que se dio un plazo de 15 días hábiles, que contarán a partir de la notificación, a los poderes Ejecutivo y Legislativo para que envíen sus respectivos informes y copias certificadas de los antecedentes legislativos de este caso y del Diario Oficial de la Federación (DOF) en el que se publicó el decreto impugnado.
La Cámara de Diputados aprobó el Acuerdo para la transferencia de la Guardia Nacional a la Sedena en su sesión del 3 de septiembre pasado, mientras que en el Senado de la República se aprobó en la sesión del día 9 del mismo mes.
En la Corte, el juicio constitucional quedó registrado con el número 137/2022, en donde se detalla que se impugna, en concreto, el “Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; la Ley de la Guardia Nacional; de la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, y de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, en materia de Guardia Nacional y Seguridad Pública”.
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