Declaración Anual 2024 ante el SAT: ¿Qué es y quién la debe presentar?

Llegó el momento de que los contribuyentes se preparen para presentar su declaración anual 2024 ante el SAT.

Declaración Anual 2024 ante el SAT: ¿Qué es y quién la debe presentar?
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México

Ha llegado el momento en que contribuyentes, tanto físicos como morales, se preparen para presentar sus declaraciones anuales 2024 correspondientes al ejercicio fiscal 2023 ante el Servicio de Administración de Administración Tributaria (SAT).

Esto es lo que debes saber sobre la Declaración Anual

Para la Declaración Anual de 2024, los contribuyentes deberán reportar al SAT sus ingresos, gastos, retenciones y deducciones de impuestos del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023, con lo que evitarán sanciones y cargos adicionales.

¿Cuándo se presentará la declaración anual de 2024?

La presentación de la declaración anual de 2024 depende en gran medida de si eres persona física o moral.

El calendario de presentaciones de este año es el siguiente: Personas físicas: Del 1 de abril al 30 de abril del 2024. Personas morales: Del 1 de enero al 1 de abril de 2024.

¿Quién debe presentar la declaración anual de 2024? Empleados con un ingreso anual de más de 400 mil pesos al año. Si trabajó para más de un empleador en un año. Personas que solicitaron a sus empleadores no presentar sus declaraciones de impuestos. Si renunciaste a tu trabajo antes del 31 de diciembre. Si trabaja para una embajada u organización internacional. Si obtuvo ingresos por honorarios, servicios profesionales, dividendos, alquileres, actividades comerciales, etc. Si tiene depósitos con fines de liquidación, jubilación o pensión.¿Qué necesito para presentar mi declaración anual 2024 ante el SAT?

Los documentos para presentar mi declaración anual 2024 pueden variar dependiendo del régimen en el que te encuentres registrado ante el SAT.

Normalmente necesitarás: Tu clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) Firma electrónica (E-Firma). Contraseña generada en el portal del SAT. Datos bancarios, clave bancaria estandarizada (CLABE) en caso de tener un saldo a favor.

¿Cuál de los siguientes gastos se puede deducir?

•Estudios clínicos/Análisis

• Gastos hospitalarios.

• Honorarios médicos, odontológicos, psicológicos, nutricionales y ópticos.

• Una cuenta de ahorro o seguro con un plan de jubilación, pensión o retiro.

• Colegiaturas en escuelas privadas

• Transporte escolar.

• Gastos funerarios.

• El interés real que devenga de un préstamo hipotecario.

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