Certificado de supervivencia IMSS-ISSSTE: ¿obligatorio o no?

El tema central gira en torno al certificado de supervivencia, un documento que confirma que un pensionado sigue vivo y permite el continuo pago de su pensión. Pero, ¿qué tan obligatorio es realmente? La respuesta, como muchas cosas en la burocracia mexicana, depende de varios factores.
Para los pensionados del ISSSTE y ISSFAM, la presentación del certificado de supervivencia es obligatoria. Esto asegura el continuo flujo de ingresos de su pensión. Sin embargo, la situación del IMSS es un poco más matizada.
A partir de 2025, el IMSS simplificó el proceso para los pensionados que residen en México. Si tus datos personales están actualizados en el sistema del IMSS —algo que puedes verificar en tu último comprobante de pago— "ya no se exige la presentación semestral del certificado de supervivencia". Esta actualización representa un gran alivio para muchos jubilados.
Pero, ¿y si vives en el extranjero? Para los pensionados mexicanos residentes fuera del país, la obligación de presentar el certificado de supervivencia persiste, generalmente cada seis meses. En este caso, el trámite debe realizarse presencialmente en el Consulado mexicano más cercano.
Los requisitos para quienes residen en el extranjero son:
Finalmente, es crucial recordar que la omisión de este trámite, según la residencia y la institución, puede resultar en la suspensión temporal o definitiva del pago de la pensión. La puntualidad en la presentación del certificado, dependiendo del caso, es fundamental para la continuidad del beneficio.
Las modificaciones en los procesos del IMSS buscan agilizar los trámites y facilitar el acceso a las pensiones, adaptándose a las necesidades de la población mexicana en retiro.