Autoriza Justicia estafa laboral negociación

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Una vez que El Diario de Sonora no obtuvo respuestas claras y a la hora de buscar justicia ayudado por expertos en el campo solo logró hundirse en la incertidumbre e incrementar los montos en favor de quien en base de falsedades argumentó en su contra, los directivos de la empresa buscaron un acercamiento directo con el presidente de la Junta de Conciliación y Arbitraje de Nogales, el Lic. Hebal Pérez Salina para así abrir una comunicación con la contraparte y buscar llegar a un acuerdo.
Poco tiempo después del primer acercamiento entre el presidente de la junta y un directivo de la empresa que ocurrió el 12 de diciembre de 2013, el presidente, por información recibida de los representantes del actor, informó de una propuesta. Esta propuesta no fue aceptada por la empresa, quien presentó una contrapropuesta a los pocos días de escuchar la propuesta inicial.
Al siguiente día hábil, el actor y demandante, Rubén Omar Carrillo Medina se acercó a las instalaciones de El Diario de Sonora con la supuesta intención de corroborar el interés de la empresa de llegar a una negociación. Los directivos de la empresa le confirmaron sus intenciones, así como la propuesta que se le había notificado a sus representantes con anterioridad, a lo que el ex empleado respondió que la consultaría con su equipo antes de dar una respuesta.
La contrapropuesta de la empresa no fue aceptada por el actor, por lo que la negociación continuó hasta llegar a una nueva propuesta.
Esta última propuesta tampoco fue aceptada por el equipo del actor, quienes contestaron con otra una nueva propuesta como última opción y con vigencia del día 19 de diciembre, el cual era el último día hábil del año.
La empresa no aceptó esta última y por recomendación del presidente Hebal Peres decidió renovar la negociación después del período vacacional, ya que no se podría formalizar un acuerdo hasta esas fechas.
Fue a principios de 2014 cuando el actor se comunicó directamente con un directivo de la empresa a pedir su reconsideración en cuanto a la última propuesta, y poco tiempo después, se acordó el cumplimiento del laudo a satisfacción del actor y sus representantes. Sin embargo, el actor condicionó la aceptación de acuerdo a que el pago fuera hecho en efectivo.
La dificultad de entregar un monto tan grande en efectivo llevó a la empresa a ofrecer una combinación de pago en efectivo y cheque, a lo que el actor se negó poniendo una vez más como fecha límite de la negociación ese mismo día. Pero al no recibir la empresa una respuesta positiva del banco de poder otorgar esos montos en efectivo, hizo ver a la contraparte que su propuesta no era viable y que se necesitaría esperar una fecha por parte del banco para hacer la entrega. Este proceso de respuesta del banco tomaría aproximadamente una semana.
Durante esta tiempo, los directivos de la empresa recibieron algunas llamadas telefónicas que despertaron su curiosidad. La primera de ellas fue de parte del abogado Raúl Nieblas, quien había representado a la demandada en los inicios del caso, con la intención de avisar que por casualidad se había enterado de una presentación de pruebas programada para marzo del mismo año para un caso relacionado a la empresa.
En su llamada, Nieblas comentó que se había enterado que la relación entre la empresa y el licenciado Jorge Rivera había terminado, e intentó con mucha insistencia investigar quién representaba a la empresa en la actualidad. Cabe mencionar que a partir de que el licenciado Nieblas comunicó a El Diario de Sonora que abandonaría su representación legal, nunca hubo ninguna comunicación posterior entre la empresa y el abogado hasta que se recibió esta llamada, más de tres años después de la terminación.
Otra llamada que recibieron los directivos de la empresa la originó el presidente de la junta, Hebal Peres Salina. Éste invitaba a la empresa a cerrar la negociación lo antes posible, pero mostró sorpresa al enterarse que ya existía un acuerdo en esencia, pero el contratiempo se generaba por la insistencia de la contraparte de recibir el pago del recurso en efectivo y no en cheque de caja. El presidente se comprometió a hablar con los representantes del actor para intentar convencerlos de aceptar la entrega de un cheque.
En espera de la fecha de disponibilidad del recurso en el banco, los directivos de la empresa acudieron con los abogados Miguel Borchardt y Noel Sánchez, sus nuevos representantes, para pedir su apoyo para el próximo cierre de la negociación. Entre las recomendaciones de los abogados, comentaban que sería importante trasladar a la Junta de Conciliación y Arbitraje a la sucursal bancaria donde se haría la transacción, tema que se había acordado anteriormente entre un directivo de la empresa y el licenciado Peres.
Al recibir esta petición de los representantes de la empresa, la Junta de Conciliación y Arbitraje se negó a brindar este servicio, indicando que no enviaría a un actuario al banco.
El jueves 23 de enero, la empresa comunicó al actor que contaba con la fecha compromiso de parte del banco para entregar el recurso, y propuso el día viernes 24 de enero a las 10:30 am para acudir a la Junta de Conciliación y Arbitraje a firmar el documento de desistimiento y posteriormente trasladarse a la sucursal del banco para hacer la entrega del dinero. El actor accedió.
El viernes 24 de enero se presentaron en la junta los directivos y abogados de la empresa junto con la notaria pública Dolores Alicia Galindo. Por su parte, se presentaron también Rubén Omar Carrillo Medina, los licenciados Antonio So Grijalva y César Octavio Silva, y una persona adicional con una férula azul en el brazo.
La licenciada Sandra Chaparro también se encontraba en las oficinas de la Junta de Conciliación y Arbitraje, atendiendo una supuesta audiencia de un caso completamente ajeno. Esta coincidencia también llamó la atención de los ejecutivos de El Diario de Sonora, quienes se preguntaban por qué la licenciada que, entre otros, ocasionó que se perdiera el caso por rebeldía al no informar de la notificación de la audiencia se encontraba en la junta en el preciso momento en el que se llevaría a cabo el desistimiento. ¿Sería solo una coincidencia?
Los abogados Silva Valencia y So Grijalva propusieron que el procedimiento consistiera en que el actor se mantuviera en la Junta de Conciliación y Arbitraje, mientras So Grijalva acompañara a los afectados al banco. Una vez que el abogado obtuviera el recurso, éste se comunicaría por teléfono con el actor para que firmara el desistimiento. Los abogados de la empresa accedieron a esta propuesta.
Al identificarse la notario con el actor, el abogado César Octavio Silva Valencia abordó al abogado Noel Sánchez para comentar que no veía la necesidad de la presencia de la notario y que eso no era lo acordado. El abogado Miguel Borchardt indicó al abogado So Grijalva que la presencia de la notario era para protección de los demandados dado que en caso de que no estuvieran dispuestos a firmar un recibo por la cantidad entregada, la notaria daría fe de que se había llevado a cabo la transacción, proveería a la empresa de un documento que respaldara fiscalmente la operación.
El abogado So Grijalva indicó que no aceptaban la presencia de la notario y confirmaron que no firmarían ningún recibo que especificara cantidades de dinero.
En esos momentos, el personal de la junta llamó al actor y a los demandados a ventanilla para elaborar el documento de desistimiento, por lo que los demandados, la notaria, y los abogados se retiraron de la Junta de Conciliación y Arbitraje para dirigirse a la sucursal bancaria.
Al llegar a la sucursal, un directivo de la empresa entregó un cheque a la gerente de la sucursal del banco para que tramitara la entrega del recurso.
El abogado So Grijalva preguntó al abogado Borchardt si habría una sala privada para contar el efectivo cuando se les entregara, a lo que éste le respondió que no había sala como tal, pero que se podría usar el cubículo de la gerente del banco para el conteo. So Grijalva rechazó esta propuesta argumentando que estaba muy a la vista y que inclusive habría cámaras de video grabando la transacción, cuestión que querían evitar. La gerente del banco ofreció un área cerrada en las oficinas del banco para que se realizara la transferencia.
Por recomendación del subgerente del banco, se trasladaron los involucrados al área utilizada para recibir efectivo por parte del banco, pero los representantes del actor decidieron regresar al área inicial debido a la falta de espacio y a la existencia de una cámara de video en esta nueva área que dejaría evidencia de la transacción.
Al regresar al área cerrada dentro de la sucursal, se presentaron dos cajeras y el subgerente del banco con el recurso en dos bolsas blancas de plástico. Una de las cajeras procedió a contar el efectivo, indicando que los bultos en denominación de 500 pesos eran por el valor de 50 mil pesos cada uno y los bultos de denominación de 200 pesos eran por el valor de 20 mil pesos cada uno.
Frente a todos los involucrados se contó el recurso. Al preguntarle el abogado Borchardt al abogado So Grijalva si estaba de acuerdo con el conteo, éste pidió que se contara otra vez y que se le asegurara que no podía haber ningún error en el conteo del banco. La cajera aseguró que no había ningún error y procedió a contar el efectivo de nuevo. El abogado So Grijalva aceptó la cantidad y dio la indicación a su acompañante de guardarlo en un maletín de computadora tipo portatil que éste cargaba.
El abogado Borchardt indicó que el abogado Sánchez, quien se encontraba en la junta, le comentó por teléfono que aún no estaba listo el documento de desistimiento, por lo tanto que no se podía dar por terminada la transacción. El abogado So Grijalva accedió e indicó que se comunicaría con el actor.
En otra llamada, el abogado So Grijalva indicó que ya estaba el dinero listo y que procediera el actor a firmar el desistimiento. También dio instrucciones a otra persona que se trasladara a la sucursal donde se encontraban los involucrados. Al terminar la llamada telefónica, So Grijalva pidió al subgerente del banco la oportunidad de mantenerse en esa área cerrada hasta que llegara la gente con quien se había comunicado, para evitar salir con el recurso al área común de la sucursal, a lo que el subgerente accedió.
Poco tiempo después, se comunicó el abogado Sánchez con el abogado Borchardt para indicar que el desistimiento estaba en sus manos.  El abogado Borchardt dio la indicación a los demandados para que se formalizara la entrega del recurso.
Aproximadamente 15 minutos después, llegó Rubén Omar Carrillo a la sucursal del banco en un sedán blanco y se introdujo al área cerrada donde se encontraban el abogado So Grijalva y su acompañante. Unos minutos después salieron los tres de la sucursal y se retiraron en carros separados, Carrillo en el auto que había llegado y So Grijalva y su acompañante en una camioneta roja.
Fue así como terminó esta pesadilla para El Diario de Sonora, donde fue víctima de una injusticia, o un secuestro. La cierre se llevó a cabo como una transacción de actividades ilícitas, donde el trato se cerró con la entrega de una fuerte cantidad de dinero en efectivo, en un lugar escondido y bajo la paranoia de los demandantes de no dejar evidencia de la transacción.
No descartan los directivos de la empresa que varios participantes de este caso puedan haber actuado de mala fe, ni se sorprenden de la forma en la que procedió la demanda. A final de cuentas, el hecho de que los representantes del actor aceptaran abiertamente que no firmarían ningún documento que especificara las cantidades entregadas, por no pretender dar conocimiento de esta transacción al fisco, les indicó que trataban con personajes que no se limitaban en su actuar a lo que indica la ley.
Este hecho refleja que el sistema legal, incluyendo a quienes lo aplican, no tiene como objetivo buscar la verdad de los hechos y hacer justicia conforme a los mismos, sino se rige por meros procedimientos a favor de alguna de las partes. Al final de cuentas se integró un expediente muy alejado a como fueron los hechos y los tribunales se encargaron de resolverlo, pero no de hacer justicia.
Lo anterior no es una verdadera administración de justicia, pues obedeciendo a intereses y sin importar quien tenga la razón, dictan resoluciones que en lugar de hacer honor a la justicia la violan y la niegan en prejuicio a los que son ofendidos y víctimas de aquellos que trasgreden la ley, quienes se aprovechan de sus vacíos y procedimientos para torcerla en su aplicación, logrando beneficios que de haber una verdadera administración de justicia en materia laboral no hubieran obtenido.
Compartimos este caso de corrupción, impunidad e injusticia por el cual pasó esta casa editorial, no en el afán de exponer a quien a raíz de deshonestidad lucró en contra de su fuente de trabajo, sino como un esfuerzo de hacernos recapacitar y cuestionar prácticas que desafortunadamente aceptamos como reglas.

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