Llama Notario legar bienes con la firma del testamento

Durante el presente mes los fedatarios estarán brindando facilidades a los solicitantes con trámites de bajo costo

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Desde el 2003 el mes de septiembre ha sido identificado como el Mes del Testamento”, ya que, en ese año, el gobierno federal de México, encabezado por el presidente de la república Vicente Fox Quezada, convocó por medio de la secretaria de gobernación a hacer un llamado a los notarios de todo el país, para promover el beneficio de que al menos uno de los tipos que se desprenden de esta sesión de bienes, fuera gratuita.

A partir de esto se tomó la decisión de que el denominado como testamento ológrafo, fue establecido como gratuito durante este periodo, el cual cuenta con una serie de características que tenemos que tomar en cuenta al momento de plasmar nuestros deseos de heredar a nuestros seres queridos, organismos privados o beneficencia.

De acuerdo al notario público Andrés Ibarra, miembro del colegio de notario en Sonora, existen dos tipos de estos documentos, el antes mencionado conocido como ológrafo y otro más que se denomina como testamentos público abierto, el primero es gratuito y se realiza directamente en las instalaciones del Instituto Catastral y Registral del estado de Sonora (ICRESON) y el segundo tiene un costo reducido por este mes de mil 800 pesos aproximadamente y se realiza ante un fedatario profesional.

Explicó que siempre en cualquiera de los casos, ambos tipos tienen la misma validez a la hora de un fallecimiento y que de este se desprenda una herencia o sucesión de derechos sobre recursos económicos, bienes muebles o inmuebles, sin embargo en el caso del ológrafo se tiene que acudir a las oficinas de las dependencias estatales, junto a dos testigos que sirvan como acompañantes de la persona a realizarlo, mientras que ante un notario esta figura se omite por el carácter de presencia legal del actuario.

De la misma forma, mencionó que en el ológrafo el interesado tiene que realizar dos copias exactas de sus deseos, mientras que, en público, el notario es el encargado de escribir de viva voz del solicitante, además de que al momento de que se del fallecimiento, se tendría que solicitar la presencia de los testigos que firmaron en el documento en su estado original, mientras que el testamento ante el servidor de la legalidad, solo es necesario la presencia de los familiares directos o cercanos.

Sin embargo, en cualquiera de los casos, enfatizó la importancia de que cualquier persona mayor de 16 años, que considere tener algún bien o recurso económico a su nombre realice un testamento en donde se describan al pie de la letra el destino de lo heredado, esto con el único objetivo de evitar problemas familiares y juicios de sucesión completamente innecesario y tener paz mental en sus días.

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