Nogales, Son
Como parte de las obligaciones fiscales el Servicio de Administración Tributaria (SAT) reitera el llamado a las Personas Físicas en Nogales, para que presenten su Declaración Anual correspondiente al 2023, el proceso está próximo a finalizar el 30 de abril.
El SAT - Nogales, recuerda a las Personas Físicas que tienen la obligación de realizar la Declaración Anual 2023, esto incluye de manera obligatoria a quienes reciben un sueldo por un solo patrón y dejaron de percibirlo antes del 31 de diciembre, si obtuvieron ingresos distintos de salarios, si laboran para dos o más patrones de manera simultánea entre otros.
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María Gabriela Aldaz Titular de la administración desconcentrada del SAT en Nogales, Sonora“Queremos platicar sobre la declaración anual de personas físicas del ejercicio del 2023, el SAT nos dice quiénes son las personas que están obligadas a presentarlas que son todas las personas que salen o están el régimen de servicios profesionales, que tienen actividades empresariales, que tienen un ingreso por arrendamiento, que reciben ingresos por jubilación o pensión, quienes reciben ingresos por interés o dividendos y quienes están en el régimen de simplificado de confianza”, explicó María Gabriela Aldaz Titular de la administración desconcentrada del SAT en Nogales, Sonora.
Dentro de los requisitos están el RFC, contraseña y Firma Electrónica, los cuales de no tener a la mano se tiene que realizar una cita previa en la página web del SAT, esto sería necesario en caso de existir un saldo a favor.
“Su RFC, la contraseña y firma electrónica, la contraseña la va a utilizar cuando al momento de hacer un cálculo le arroje a favor y ese saldo a favor sea hasta 10 mil pesos, si el saldo a favor es mayor a 10 mil pesos y hasta 150 mil pesos le a pedir la firma electrónica, o bien, si ya anteriormente hubiera registrado una clave interbancaria no es necesaria la firma electrónica, esto es para cuando es primera vez de 10 mil pesos en adelante y que no haya precargado una clave interbancaria”, expuso.
Para quienes obtengan impuestos a pagar, cuentan con la opción de liquidarlos hasta en 6 parcialidades, siempre y cuando el contribuyente haya realizado su declaración en el plazo del 1 al 30 de abril.
“Si tienes que realizar la declaración y no la realizas, te puedes exponer a que una autoridad te requiera el pago, esto es para los que están obligados nada más”, destacó.
Cabe mencionar que en caso de dudas existe en número telefónico donde se puede solicitar mayor información desde cualquier parte del país 55 627 22 728, y para quienes se encuentran en el extranjero únicamente se pide la lada (+52).