Aprueba ley de consulta popular pleno del senado

La Cámara alta realizó modificaciones al proyecto aprobado por los diputados

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México, DF

La Cámara alta realizó modificaciones al proyecto aprobado por los diputados.

El pleno del Senado de la República aprobó esta madrugada en lo general y particular el dictamen para expedir la Ley Federal de Consulta Popular y devolvió el proyecto a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.
En medio de una maratónica sesión que inició el mediodía del miércoles y terminó en las primeras horas de este jueves, la Cámara alta rechazó las reservas presentadas por senadores de los grupos parlamentarios de los partidos Acción Nacional, Revolución Democrática y del Trabajo.
Con ello, avalaron los términos de 65 artículos y el régimen transitorio del dictamen en sus términos con las modificaciones que de manera previa se incluyeron a los artículos 5, 6, 12, 14, 15, 20, 21, 25, 28, 30, 32, 33, 41, 64 y Sexto Transitorio.
Este nuevo ordenamiento regulará el procedimiento para la convocatoria, organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados de la consulta popular, así como promover la participación ciudadana en este mecanismo.
Previo a la votación en lo particular, aprobaron en lo general con 103 votos a favor, 10 en contra y una abstención el dictamen para expedir la Ley Federal de Consulta Popular, la cual regulará el procedimiento para la convocatoria, organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados de esta figura de participación ciudadana.
Entre las modificaciones avaladas a la minuta que envió la Cámara de Diputados, destaca la que precisa que serán objeto de consulta popular los temas de trascendencia nacional, que repercutan en la mayor parte del territorio nacional e impacten de manera significativa en la población.
Además, los senadores realizaron cambios a la minuta a fin de permitir que los ciudadanos puedan respaldar más de una consulta popular.
Sin embargo, aclararon que no procederá el trámite de las consultas que sean respaldadas por los mismos ciudadanos cuando éstos rebasen 20 por ciento de las firmas de apoyo”, por lo que en este caso sólo procederá la primera solicitud”.
Los ciudadanos que participen en una consulta popular deberán presentar como requisito el nombre, la firma”, la clave de elector y el número identificador al reverso de la credencial para votar, derivado del reconocimiento óptico de caracteres (OCR) de dicha identificación con fotografía vigente, precisaron.
Si las firmas que corresponden a ciudadanos que ya hubiesen respaldado otra consulta en el mismo proceso y excedan 20 por ciento del total de rubricas requeridas, sólo se contabilizará la primera firma que haya sido recibida en el instituto.
También se instruyó al Instituto Federal Electoral para que promueva la difusión y discusión de las consultas que hayan sido convocadas por el Congreso de la Unión, a través de los tiempos que correspondan.

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