Sin embargo, este año, algunos trabajadores tendrán que conformarse con una parte proporcional de su aguinaldo.
¿Te imaginas llegar a la fecha límite y solo recibir una parte de tu aguinaldo? Suena frustrante, ¿verdad? Pues esto le puede pasar a quienes no hayan cumplido un año en su trabajo. La ley establece que solo los trabajadores que han laborado un año completo tienen derecho a recibir el aguinaldo completo.
¿A quiénes les afecta esta situación? Aquellos que iniciaron su trabajo en el último año, solo recibirán una parte proporcional del aguinaldo, equivalente al tiempo que hayan trabajado. Por ejemplo, si comenzaste a trabajar en abril, solo recibirás el equivalente a nueve meses de aguinaldo.
Recuerda: ¡No te preocupes! Aunque no recibas el aguinaldo completo, tienes derecho a reclamar la parte proporcional que te corresponde. En caso de que te nieguen esta prestación, puedes acudir a la Profedet para defender tus derechos.
Y para evitar sorpresas, no olvides revisar tu contrato. La ley prohíbe cualquier tipo de descuento al aguinaldo. Si detectas algún descuento injustificado, ¡reporta la situación a la Profedet! Tu aguinaldo es un derecho que debes hacer valer.