NOGALES, SON.
A partir de abril, instituciones que ofrecen créditos tienen prohibido imponer aseguradora.
Si después de abril de este año usted obtiene un crédito automotriz, tendrá la libertad de contratar el seguro con la institución que más le convenga y no con la que el ejecutivo de cuenta le imponga.
Lo mismo ocurrirá si contrata un crédito de vivienda. En este caso, el usuario tendrá libertad para seleccionar la institución con quien comprar su seguro de vida y el de daños. Esto es, ni el banco, o la institución que le otorgue el crédito podrá obligarlo a comprar el seguro con quienes ellos determinen.
Si ninguno de estos es su caso, y lo que necesita es contratar el servicio de Banca por Internet avanzado, el banco no podrá condicionar el servicio a la apertura de una cuenta de depósito.
Pero, si usted tiene como disciplina ahorrar y acude al banco a preguntar por un instrumento de inversión; debe saber que la institución tendrá prohibido pedirle que abra una cuenta de depósito, como cuenta eje. Para este caso en particular, la Condusef informó que aplica para el pagaré liquidable al vencimiento.
Es común que si usted por su trabajo necesita una cuenta de nómina, el banco le quiera vender seguros de vida o desempleo para abrir la cuenta. Está práctica según informó la Condusef, estará prohibida.
De igual modo, las ventas atadas o condicionadas de productos estarán prohibidas. En todo caso debe leer cuidadosamente el contrato que firmará para cerciorarse de que la contratación de su servicio no lo obligue a la compra de otro. Por ejemplo, que la contratación de una tarjeta de crédito no lo condicione a un seguro de gastos médicos.
Si por alguna razón usted ha incumplido con el pago de un crédito, y le han asignado un despacho de cobranza, éste deberá sujetarse a la reglamentación que considere la Condusef.