Esperan respondan a pago de la pensión alimenticia con Ley 3 de 3

Subprocuradora de la Defensa del Menor y la Familia llama a hacer frente a la violencia económica

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Nogales, Son

Una mayor compenetración de las personas que tienen deberes de pensión alimenticia esperan surja tras la aprobación en lo local de la Ley 3 de 3 por el cabildo del ayuntamiento de Nogales, reglamento que busca hacer frente a la violencia económica, entre otros aspectos.

Ana María Messina, subprocuradora de la Defensa del Menor y la Familia del DIF Municipal, explicó que la ley contempla que exista un registro de las personas que se encuentran al corriente de estas obligaciones y en caso de que se tenga necesidad de que sea expedida una constancia de no adeudo, ésta sería tramitada por medio del registro civil en apoyo con el organismo en pro del desarrollo familiar a nivel federal.

¿Qué beneficios puede tener esto? Puede tener esto pues que estas personas, al menos por hacer trámites, obtener la documentación que requieran, pues se acerquen a dar cumplimiento con la pensión alimenticia. ¿Qué necesitamos? Pues, como siempre, mayor consciencia y más fomentar la denuncia o la demanda según sea la vía que se tome para acceder al reclamo de los alimentos”, precisó.

Puntualizó que es necesario también que las personas afectadas se acerquen a llevar a cabo las denuncias correspondientes, no solo por alimentos, sino también por el vestido, esparcimiento, educación, ya que estos tienen que ser cubiertos de la manera adecuada.

Agregó que los tutores legales de los menores, lo cuales han sido abandonados o puestos con terceros por problemas legales o situaciones de violencia están siendo excluidos de la solicitud de reclamo de pensión y esto debería cambiar.

Guardia y custodia y, por lo tanto, quien se hace cargo de los gastos o las necesidades que el niño, niña o adolescente requiera, entonces si lo hablamos específicamente desde el punto de vista jurídico, la persona que tiene la legitimación para hacer un reclamo pues va a ser quien ejerza la patria potestad, su legítimo representante, o su tutor legal efectivamente, pero para que no sea mamá o papá, pues tiene que pasar a un proceso ante una autoridad judicial, en donde lo declare formalmente como su tutor o su representante legal”, puntualizó.

Reiteró que el que se haya ratificado este reglamento en nuestro ayuntamiento es un avance importante en la jurisprudencia que envuelven estos procesos y dar una mayor visibilidad a un problema que pone en riesgo de manera real a todos los menores que sufren por no contar con este sustento.

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