México, DF
Aplican criterios distintos al caso de la francesa a pesar de errores en el proceso.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación concedió ayer un amparo para efectos a cinco indígenas que enfrentan cargos por diversos delitos, debido a que sus derechos, tales como contar con un defensor que conociera su lengua o la falta de un intérprete durante el proceso judicial, fueron violados.
Por mayoría de tres votos de los ministros Alfredo Gutiérrez, ponente de los proyectos, José Ramón Cossío y Jorge Pardo, la SCJN resolvió que el que sus derechos hayan sido violentados no es suficiente para otorgarles la libertad inmediata, por lo que un Tribunal Colegiado deberá determinar la situación jurídica de los indígenas sin tomar en cuenta las violaciones a sus garantías fundamentales cometidas durante el procedimiento realizado en su contra.
A favor de que se les concediera la inmediata y absoluta libertad mediante un amparo “liso y llano” por las violaciones al debido proceso, como el que hace una semana se le otorgó a la secuestradora Florence Cassez, sufragaron de nueva cuenta los ministros Arturo Zaldívar y Olga Sánchez Cordero.
A diferencia de la sesión del pasado miércoles, en la que se determinó la libertad de Cassez Crepin, en esta ocasión el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena no emitió su voto a favor de que a los cinco indígenas se les concediera un amparo “liso y llano” por las faltas cometidas durante el proceso judicial formado en su contra.
Los indígenas son originarios de las entidades de Guerrero y Chiapas Manuel López Gómez, Celestino Garay Candia, Eloy García Reyes, Nicolás Gómez Santiz y Joel Mancilla Vázquez.