Registro Civil sin solicitudes de iniciar con apellido materno

También se debe tomar en cuenta la filiación, es decir la relación de parentesco entre padres e hijos que produce obligaciones y derechos.

Registro Civil sin solicitudes de iniciar con apellido materno
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Este año iniciará capacitación en la plantilla laboral del Registro Civil, para informar a los solicitantes de nuevos registros la opción de elegir el orden de los apellidos, ya sea del padre o de la madre primero, tras las reformas aprobadas por el Congreso del Estado, informó Marian Martínez Rodríguez.


La directora general de la dependencia estatal indicó que además del cambio cultural que representa esta alternativa, también se debe tomar en cuenta la filiación, es decir la relación de parentesco entre padres e hijos que produce obligaciones y derechos, en la cual se debe respetar el orden de apellidos de los primeros descendientes de la misma familia.


Hay como que ciertas reglas no, en donde, por ejemplo, si a tu primer hijo decidiste ponerle primero el apellido paterno y después el materno, creo que por el tema de filiación a raíz del primero todos siguen igual, sí desde el primero decidiste ponerlo inverso entonces todos, para cuidar la línea filial”, apuntó.


Martínez Rodríguez detalló que desde que se aprobó esta modificación en el Congreso local, ningún solicitante de registro ha pedido iniciar con el apellido materno, por lo que resulta importante la capacitación de os trabajadores y que puedan brindar información precisa.


El pasado 10 de marzo el Congreso del Estado aprobó por unanimidad la iniciativa que reforma el artículo 45 de la Ley del Registro Civil de Sonora para que los padres puedan pactar de común acuerdo el orden de los apellidos de sus hijos sin necesidad de tramitar amparo.


Con el voto unánime de los diputados del Congreso del Estado de Sonora, fue aprobada la iniciativa que reforma el artículo 45 de la Ley del Registro Civil del Estado de Sonora, presentada por el Grupo Parlamentario del PRI, para que los padres puedan pactar de común acuerdo el orden de los apellidos de sus hijos.


Con esta ley se pretende, que, de una vez por todas, queden armonizados el Código de Familia, que ya lo contemplaba, con la Ley del Registro Civil del Estado de Sonora, dado que, al día de hoy, a quien pretenda hacer uso de este derecho requiere de tramitar un amparo ante cualquier oficial del registro civil en el Estado. La imposibilidad de anteponer el apellido materno atentaba contra el derecho a la igualdad y no discriminación de las féminas.

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