Necesario casarse primero por el civil: Iglesia

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Nogales, Son


Salvo casos especiales y muy en lo particular, la Iglesia Católica permitirá un matrimonio sin previa unión por la ley de los hombres, pero en lo general, si es necesario casarse antes en el Registro Civil, que por ceremonia religiosa.


Lo anterior fue confirmado por el padre Enrique Pérez Báez, vicario judicial de la Diócesis de Nogales, en respuesta a lo expuesto por parte de la oficial del Registro Civil del Estado, Dalia Ivonne Luna Gómez, quien comentó que recientemente, interesados en casarse habían expresado sorpresa por el requisito que les exigía la iglesia.


Al respecto, el sacerdote apostado en la Parroquia San José explicó que la iglesia establece que no debe existir ningún vínculo con otra persona que imposibilite la posibilidad de contraer matrimonio canónico o nupcias en la iglesia, por ello se solicita que previamente existe la unión civil, con la persona con la que se va a casar.


Cuando existe un vínculo con otra persona, ya sea civil o natural, eso producirá una invalidez ante la iglesia, por eso nosotros como parte de los requisitos para las personas que contraerán nupcias por la Iglesia Católica, les pedimos que no haya ningún vínculo previo y de ser posible, que contraigan nupcias por lo civil antes”, detalló.


Confirmo que es requisito indispensable para comprobar que ni existan vínculos previos, más, sin embargo, no es un impedimento para la validez del matrimonio, solo que, en esos casos, se requiere de una licencia o dispensa, por parte del Ordinario, en este caso el Obispo o quien ocupe las funciones de Vicario General en la Diócesis.


El Padre católico agregó que lo anterior es solamente para ciertos casos en lo particular, mas no en lo general, ejemplificando necesidades o situaciones especiales, como urgencias o enfermedades graves.


En la Iglesia nos manejamos bajo algunas normas y sobre todo el Código de Derecho Canónico, que es la ley universal para nosotros, ahí vienen estipuladas estas indicaciones o mandatos, como los requisitos para el matrimonio, como quedo establecido desde 1983, que el Ordinario del Lugar (Obispo), pueda otorgar esa dispensa”, concluyó.

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