Proponen iniciativa de plebiscito ambiental

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Nogales


La diputada local Sandra Mercedes Hernández Barajas, integrante del Partido Acción Nacional, sometió a consideración del Congreso del Estado de Sonora una iniciativa de ley que adiciona un párrafo quince al artículo 1o. de la Constitución Política del Estado de Sonora, con el objeto de establecer en nuestra constitución, la figura del plebiscito ambiental, como un derecho constitucional para pronunciarse si se aprueba o rechaza la instalación de proyectos o la realización de actividades del gobierno, que pueda afectar el medio ambiente y la salud de los habitantes de las diferentes regiones del Estado.


La congresista presidenta de la Comisión de Energía, Medio Ambiente y Cambio Climático,  indicó en su exposición de motivos  que en Sonora, se cuenta con una Ley de Participación Ciudadana del Estado de Sonora, la cual fue publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado, el día 1 de julio de 2012. Sin embargo, desde la entrada en vigor de la Ley hasta la actualidad, ha sido letra muerta, ya que no se ha realizado ningún Plebiscito, es decir, no se ha consultado a la población en ninguna acción emprendida por los gobiernos en ningún tema.


La legisladora representante de los municipios de Nogales, Imuris y Santa Cruz en el congreso estatal explicó que la propuesta presentada es para efecto de que en temas ambientales se realicen plebiscitos en nuestro estado, considerando el cuidado al medio ambiente y la protección al equilibrio ecológico, ya que lamentablemente en todos los niveles de gobierno no se toman con la seriedad que se requiere  y las autoridades consideran este tema menos importante, pues no visualizan los daños que pueden resultar de la contaminación al medio ambiente y a sus recursos naturales, que pueden llegar hacer irreversibles.


Argumentó  la  diputada es  importante que nuestras autoridades, antes de realizar cualquier tipo de acción que pueda tener un impacto al medio ambiente y sus recursos naturales, se tomen en cuenta a toda la población, si bien habrá personas que no sean especialistas en la materia, pero lo que hay que destacar,  la importancia de constituir el plebiscito ambiental, como derecho de la  población  hacer consultada  previo a las decisiones que toma el gobierno.


Resaltó la asambleísta que se requiere eliminar e impedir  los casos de proyectos o actividades que puedan afectar o se pretendan desarrollar dentro de uno o más centros de población y que puedan generar o presentar riesgo para la salud de sus habitantes, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos, efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, o alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona o bien.  Cuyo emplazamiento sea en tierras indígenas o que puedan afectar la situación de comunidades indígenas, en todos estos casos deberán llevarse a acabo plebiscitos, en los términos que establezca la ley, a fin que los habitantes de los centros de población afectadas se pronuncien sobre si aprueban o rechazan la instalación de dicho proyecto.


Dicha iniciativa que adiciona un párrafo quince al artículo 1º. de la Constitución Política del Estado de Sonora,  fue turnada a la comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales para su estudio y análisis, misma que una vez consensada y priorizada como objetiva, se turnará a los municipios para que sea aprobada por cuando menos la mitad más uno de los ayuntamientos del estado, una vez realizado este paso,  se remitirá  al titular del Poder Ejecutivo para su publicación en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora.

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