En el mundo laboral actual, donde la lucha por la igualdad de género es un tema central, surgen interrogantes sobre las prácticas que aún persisten en algunos sectores. Una de las dudas más comunes que se tienen en relación a los derechos de las mujeres es si pueden ser obligadas a hacerse una prueba de embarazo como requisito para ser contratadas.
Es importante destacar que la legislación laboral mexicana protege los derechos de las mujeres en el ámbito laboral. En este sentido, la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece claramente que no se puede exigir a las mujeres una prueba de embarazo como requisito para ser contratadas.
El artículo 133 de la LFT, en su fracción XVI, prohíbe a los patrones y empresas solicitar un certificado de no embarazo a las candidatas para ocupar un puesto de trabajo. Esta prohibición también se extiende a la permanencia en el puesto de trabajo o al ascenso en el empleo.
Además de la prohibición de exigir pruebas de embarazo, la LFT establece otras prohibiciones para los patrones, con el objetivo de garantizar la igualdad y no discriminación en el ámbito laboral. Estas prohibiciones incluyen:
- Negarse a aceptar trabajadores por razones discriminatorias como origen étnico, género, edad, discapacidad, condición social, etc.
- Exigir que los trabajadores compren sus artículos de consumo en un lugar determinado.
- Obligar a los trabajadores a afiliarse o retirarse de un sindicato o agrupación, o a votar por una candidatura específica.
- Intervenir en el funcionamiento interno de un sindicato o impedir su formación o desarrollo.
- Realizar colectas o suscripciones en los lugares de trabajo.
- Restringir los derechos de los trabajadores establecidos en las leyes.
- Hacer propaganda política o religiosa dentro del establecimiento.
- Emplear el sistema de "poner en el índice" a los trabajadores que se separan del trabajo.
- Portar armas dentro de los establecimientos.
- Presentarse en los establecimientos en estado de embriaguez o bajo la influencia de sustancias.
- Realizar actos de hostigamiento y/o acoso sexual en el lugar de trabajo.
- Dar de baja o terminar la relación laboral de un trabajador que tenga la calidad de persona desaparecida y cuente con Declaración Especial de Ausencia.
Es importante recordar que las mujeres tienen derecho a un trato igualitario en el ámbito laboral y que cualquier discriminación basada en el género, la condición de embarazo o cualquier otra razón es ilegal. Si se enfrenta a una situación de discriminación, es importante buscar asesoría legal para conocer sus derechos y opciones.