La ministra Yasmín Esquivel Mossa fue una de las voces más firmes a favor de esta ley. Durante la sesión del Pleno, Esquivel argumentó que el abandono de una mujer embarazada representa una grave afectación a su salud y vida, además de la de su futuro hijo.
La ministra destacó que la norma del Código Penal de Guerrero reconoce que la responsabilidad de un padre comienza desde el momento en que se conoce el embarazo y se acepta la paternidad. Esquivel recalcó que este deber de cuidado incluye la obligación de proveer alimentos, especialmente cuando la mujer carece de recursos para su sustento.
La ministra también enfatizó que la ley se ajusta al principio del interés superior de la infancia. Aunque la posibilidad de que el padre sea encarcelado por incumplir sus deberes de cuidado existe, la obligación de proveer alimentos se mantiene desde el inicio del embarazo.
Sin embargo, la Corte también encontró inconsistencias en las sanciones establecidas en el Código Penal de Guerrero. Las penas se consideraron "inexactas y fijas", violando los principios de taxatividad y proporcionalidad en materia penal.