¿Cuándo sí y cuándo no se requiere la firma electrónica?

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NOGALES


En este periodo para presentar la Declaración Anual 2016 ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), el administrador local recordó a los contribuyentes que no es necesaria la firma electrónica (e.firma) para este trámite, salvo pocas excepciones.


El titular de la oficina en Nogales, Alberto Báez Castro, hizo la aclaración para los contribuyentes que quieran presentar su declaración anual con e.firma y cuando no es necesario, ante cierta confusión entre contadores, representantes de negocios y entre los mismos ciudadanos.


Queremos difundir que no es necesario para las personas, que acudan al modulo a tramitar la firma electrónica, debido a que el 95 por ciento de los contribuyentes que presentan la declaración anual 2016, no están obligados a usar la firma electrónica”, dijo.


Ejemplificó que la e.firma solamente se requerirá si la devolución resulta mayor a 50 mil pesos, si cambia la cuenta Clabe interbancaria precargada en la aplicación o no aparece cuenta Clabe precargada y su devolución es mayor a diez mil pesos o si es la primera vez que declara y la devolución es superior a los diez mil pesos.


En todos los demás casos, únicamente con la pura contraseña pueden hacer su declaración y esta la pueden obtener mediante cuatro formas muy fáciles, como acudir al modulo con credencial de elector y un email, también a través del número telefónico 01 55 6272-2728 y también por medio de la aplicación SAT Móvil, así como por medio de la página de internet del SAT”, explicó.

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