Descansos en Semana Santa no son obligatorios
Los días de asueto por Semana Mayor, de otorgarse, son pon acuerdo con patrones
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De acuerdo a los informes de Atanasio Cervantes, inspector del trabajo en la frontera y con base en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, los días que de manera obligatoria tienen que otorgarse durante el 2022 son los que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
Sin embargo y por la gran cantidad de personas que profesan la religión católica en la frontera y todo México, es común que los empleadores, activen un sistema de guardias o realicen una suspensión de labores en esas fechas, pero esto no se encuentra fundamentado en ningún apartado dentro de los reglamentos de la LFT.
De la misma forma Cervantes explicó que por estos días, no se puede pedir compensación extraordinaria alguna, pero también es común que los empleadores den un extra a los trabajadores, ya que es bien sabido que baja la asistencia durante estas fechas de festejos tradicionales.
Cabe mencionar que en el caso de que alguna persona decida no asistir a sus compromisos laborales durante el viernes 15, sábado 16 y domingo 17 de abril, este ultimo también conocido como Pascua, podrían ser acreedores a una amonestación por parte de sus empleadores, sobre todo si se había establecido un acuerdo en horarios.