Promueve Banco de Sangre del IMSS donación segura

Con el propósito de poder contar con una donación segura, el Banco de Sangre del Instituto Mexicano del Seguro Social en Nogales, Sonora, promueve el cumplimiento de los requisitos en las y los donadores que acuden a realizar este proceso.
Como parte de la información oficial del IMSS se especifica que la sangre humana solo se puede obtener de personas sanas que acepten donarla de manera voluntaria y es de vital importancia para ayudar a sanar a un enfermo o incluso para salvarle la vida; de ahí la importancia de su donación.
Como parte de los beneficios, destacan la ayuda en la atención médica de los pacientes que necesitan de sangre humana o de sus fracciones, como son plaquetas y plasma, entre otras, para su tratamiento.
Ciertamente el donador o donadora en ocasiones puede sentir mareo, nauseas o sensación de desmayo mediante el procedimiento y en caso de presentar una reacción adversa, son atendidos por personal médico capacitado hasta que se recupere.
Una de las especificaciones más importantes que resalta el área de Trabajo Social es que cuando el o la donadora miente en sus respuestas, puede ocasionar daño a la persona que recibe su sangre, en caso de haber omitido actividades de riesgo planteadas en los cuestionarios.
El proceso contempla previo registro y en ayuno se analiza una muestra de sangre y un examen médico para conocer si es apto para donación, después, por medio de una punción con aguja en un brazo, se le extraerán aproximadamente 450 mililitros de sangre.
Con la precisión que todo el material usado es nuevo, desechable y se usa una sola vez, con la especificación que la sangre donada es analizada y fraccionada por el Banco de Sangre para utilizarla en los pacientes que la requieran medicamente.
A la sangre recolectada se realizan las pruebas de detección de enfermedades transmisibles, por ejemplo, hepatitis viral, VIH, entre otras, para evitar infecciones entre el donador y el paciente que la recibe, por lo cual es importante su autorización para realizarlas, todo de manera confidencial.
Una particular referencia que se comunica por parte de la institución es que con base a los artículos 332 y 462 de la Ley General de Salud de la Secretaria de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación con fecha 7 de junio de 2012, se prohíbe la comercialización de la sangre, de ahí que, infringir este artículo implica sanciones.