Ampliará STJ servicios a partir del lunes

Forma parte de la primera etapa del plan de regreso gradual a la nueva normalidad

Ampliará STJ servicios a partir del lunes
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A partir del próximo lunes 3 de agosto se ampliarán los servicios del Supremo Tribunal de Justicia (STJ), como parte de la primera etapa del plan de regreso gradual a la nueva normalidad ante la contingencia sanitaria por COVID-19, informó Francisco Gutiérrez Rodríguez.


El presidente del organismo responsable de la impartición de justicia en la entidad indicó que mediante la asignación de turno por internet, el usuario podrá ingresar a varios juzgados y tribunales en los 45 minutos asignados para el ingreso; se podrá ceder el turno de visita a otra persona para que haga los trámites correspondientes; y se aumentó el número de requisitos a presentar y expedientes a consultar en un solo turno.


Detalló que también se permitirá la ejecución de resoluciones para embargar cuentas bancaria, registrar cedulas hipotecarias, hacer anotaciones de sujeción a litigio; pero no procederán las que impliquen el empleo de la fuerza pública para embargar bienes inmuebles o desalojar a personas de sus viviendas.


También se van a celebrar audiencias en asuntos no contendidos, ósea, asuntos en los que no se estén peleando las partes, por ejemplo, juntas de advenimiento de cónyuges, juntas de herederos, testimoniales en jurisdicciones voluntarias”, precisó.


Para evitar la saturación de los turnos y la aglomeración de personas, dijo que entrará en operaciones un sistema informático que permitirá presentar escritos, recibir acuerdos judiciales y leer los escritos de la parte contraria por correo electrónico.


Acuerdos Entre esos acuerdos destacan: el aprovechamiento de turnos para que el usuario ingrese a varios juzgados y tribunales dentro del tiempo concedido para evitar aglomeraciones; la sustitución de usuario del turno; el aumento en el número de escritos a presentar y expedientes a consultar; la ejecución de resoluciones y autos que no impliquen el empleo de la fuerza ni el desahucio (lanzamiento de personas), ni el embargo de cosas materiales, por lo que sí podrán, por ejemplo, embargarse cuentas bancarias, registrarse cédulas hipotecarias, hacerse anotaciones de sujeción a litigio y entregarse sumas de dinero exhibidas o depositadas durante el juicio.


También se celebrarán audiencias en asuntos no contendidos, como las juntas de avenimiento de cónyuges, juntas de herederos, y testimoniales en jurisdicciones voluntarias.

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