Aclara SAT si sancionará a jóvenes que no estén registrados

En la Miscelánea Fiscal 2022 se aprobó el RFC obligatorio para mayores de 18 años.

Aclara SAT si sancionará a jóvenes que no estén registrados
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El Sistema de Administración Tributaria (SAT) aclaró si los jóvenes que cumplan 18 años y no se inscriban al RFC serán sancionados.

 
Luego de que la Miscelánea Fiscal 2022 aprobara el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) obligatorio para mayores de 18 años ha surgido el rumor de una sanción para los jóvenes que cumplan la mayoría de edad y no se incorporen al RFC.

 
Sin embargo, el SAT detalló que de acuerdo con lo aprobado por el Congreso de la Unión, ningún joven será sancionado por no registrarse ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Esta institución tiene muy claro que la transición del registro llevará cierto tiempo y durante este lapso no habrá penalidades, ni multas, ni sanciones”.

 
Aclaró que los jóvenes que se inscriban al RFC sin actividad económica no están obligados a pagar impuestos ni a presentar declaraciones informativas, mensuales o anuales; tampoco a dar avisos, a menos que cambien de régimen e inicien actividad; mientras tanto, el SAT no aplicará ningún tipo de sanciones o cobro de impuestos por ello.

 
Además resaltó que incorporación al RFC y, la obtención en conjunto de la e.firma (firma electrónica), no implica que estén obligados a pagar contribuciones ni a presentar declaraciones, a menos que ya realicen alguna actividad económica.

 
Con esta propuesta, el SAT busca incorporar al RFC a los jóvenes mayores de 18 años con la finalidad de introducirlos a la cultura contributiva, pero sobre todo, protegerlos del robo de identidad ya que las empresas fantasma los utilizan como prestanombres”, agregó.

 
Al contar con su RFC y su firma electrónica, los jóvenes recibirán avisos en los medios de contacto que den de alta (correo electrónico), en caso de que su identidad haya sido utilizada por dichas empresas. Cabe mencionar que, la Secretaría de Educación Pública solicita el RFC y la firma electrónica para poder emitir las cedulas profesionales de los recién graduados y titulados”.

 
Para las personas que ya están inscritas en el RFC y no trabajan, el SAT resaltó que deben verificar que estén registrados como: Inscripción de personas físicas sin actividad económica” en el Portal del SAT para no generar cargos.

 
Para esto deben ingresar en el siguiente link: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/login/43824/reimprime-tus-acuses-del-rfc

 
Revisar su Constancia de Situación Fiscal y en la sección Régimen verificar que diga Sin obligaciones fiscales”.

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