Italia
El Tribunal confirmó la condena a 4 años de prisión al ex primer ministro por fraude fiscal.
El Tribunal Supremo de Italia confirmó la condena a 4 años de prisión al ex primer ministro Silvio Berlusconi por fraude fiscal en el caso Mediaset, aunque dispuso que la Corte de Apelación de Milán vuelva a calcular la pena de 5 años de inhabilitación.
La Alta Corte dispuso que se devuelva a la segunda instancia el caso para que reconsidere los plazos de inhabilitación, lo que le da un respiro a Berlusconi y a la coalición de Gobierno italiana, ante las consecuencias que podría haber tenido la salida inmediata de la vida pública del líder de uno de los partidos que la apoya.
Esta sentencia acoge en parte la solicitud del fiscal general del Supremo, Antonio Mura, quien el pasado martes, en la primera vista del juicio, había pedido que se confirmara la condena a Berlusconi por fraude fiscal, aunque con una rebaja en la inhabilitación, que la Fiscalía cifró de 5 a 3 años.
Mura justificó esta rebaja alegando que es lo que marca la ley y que el Tribunal de Apelación de Milán no explicó por qué amplió el plazo a un lustro de inhabilitación, toda vez que considera a Berlusconi autor de la trama para defraudar al fisco.
Aunque el fiscal pidió a los jueces del Supremo que fueran ellos quienes volvieran a calcular la inhabilitación para el ex primer ministro y que no se tuviera que devolver esa parte del caso a la apelación, finalmente no será así, lo que hará que se alarguen los plazos por los que Berlusconi pueda quedar fuera de la vida pública en los próximos años.
El ex primer ministro, actual senador y cuyos abogados pidieron la absolución plena, verá reducida su pena de cárcel de cuatro a un año en base a la ley de indultos de 2006 y puede cumplir esta condena en arresto domiciliario o bajo tutela de los servicios sociales, puesto que supera los 70 años de edad.
Una vez calculada la nueva inhabilitación, ésta no se activará de forma automática, ya que para ser definitiva tiene que superar un nuevo trámite en el Senado, que deberá decidir si acepta la decisión de los magistrados, y, si no lo hace, ha de abrirse un proceso por conflicto de competencias ante el Tribunal Constitucional.