Esta medida, que tendrá vigencia hasta el 4 de noviembre de 2025, busca brindar mayor certeza legal a los importadores y garantizar que los vehículos usados puedan circular sin problemas en nuestro país. Pero no todos los autos pueden entrar al territorio nacional.
Para importar un vehículo usado, éste debe haber sido fabricado o ensamblado en México, Estados Unidos o Canadá. Además, el año-modelo del vehículo debe tener entre cinco y diez años de antigüedad respecto al año de importación. El decreto también especifica que los vehículos deben cumplir con las fracciones arancelarias establecidas, lo que significa que hay categorías específicas de vehículos que están permitidos.
La importación de vehículos usados se dividirá en dos categorías: transporte de personas (hasta 15 personas) y transporte de mercancías. En ambos casos, se aplicarán tarifas y un ad valorem del 1% o 10%, dependiendo de la antigüedad del vehículo.
Sin embargo, hay algunas restricciones importantes a tomar en cuenta. Los vehículos cuya circulación esté prohibida en su país de origen no podrán ser importados. Tampoco se permitirá la entrada de vehículos que no cumplan con los requisitos físicos o de protección ambiental, incluyendo aquellos que hayan sido reportados como robados en su país de origen.
Para completar el proceso de importación, los interesados deberán presentar un certificado de origen del vehículo. Este documento permitirá que los autos provenientes de países con tratados de libre comercio con México reciban beneficios arancelarios.
Este nuevo decreto busca apoyar el ingreso de vehículos usados en buen estado, dando mayor seguridad y formalidad a quienes decidan importar un vehículo.