Para los millennials mexicanos, navegar el sistema tributario puede ser un verdadero desafío. Muchos se preguntan: ¿qué ingresos realmente quedan exentos del Impuesto Sobre la Renta (ISR)? El SAT, a través de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), específicamente en su artículo 93, define claramente cuáles son esos ingresos.
En 2025, algunos ejemplos relevantes para este grupo demográfico incluyen:
- Pensiones y jubilaciones: Están exentas siempre que no superen las 15 UMAs mensuales (aproximadamente $51,591.9 pesos).
- Indemnizaciones por despido o jubilación: Con un límite generalmente de hasta 90 veces el salario mínimo general por cada año de servicio.
- Aguinaldo: Exento hasta 30 UMAs (aproximadamente $3,439.46 pesos).
- Prestaciones de previsión social: Como vales de despensa, fondo de ahorro, seguros de gastos médicos, etc., siempre que cumplan con los límites establecidos por ley. Es importante consultar la ley para conocer los límites.
Otros ingresos que no están sujetos al ISR, y que podrían ser de interés, incluyen:
- “Premios culturales o científicos”
- “Becas, tanto las otorgadas por instituciones públicas o privadas”
- “Seguros de vida” (al recibir la compensación por fallecimiento del asegurado).
- Venta de casa habitación: Exenta hasta 700,000 UMAs (más de $5 millones de pesos en 2025), siempre que el trámite se realice ante notario público.
- Donaciones: Las donaciones entre familiares directos están exentas. Para donaciones entre personas no relacionadas, existen límites que determinan la aplicación de impuestos.
Cabe destacar que las herencias y legados también están exentos del ISR, aunque se debe declarar su origen al SAT si lo solicita.
Recordar que esta información es para fines informativos y se recomienda consultar directamente la legislación vigente y, en caso de duda, buscar asesoría profesional para garantizar el cumplimiento adecuado de las obligaciones fiscales.
Facebook
Whatsapp
Linkedin
Pinterest