Termina el 30 de abril plazo de registro para observadores electorales
Interesados pueden presentar registro vía presencial o virtual
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Detalló que la legislación electoral les concede a las y los observadores electorales el derecho a observar la instalación de casillas, el desarrollo de la votación, el escrutinio y cómputo de la votación en la casilla, la recepción de escritos de incidencias y protesta, la lectura en voz alta de los resultados en los consejos distritales, la fijación de resultados de la votación en la casilla y clausura de la misma.
Precisó que, para el registro, es necesario ingresar al portal de internet www.observadores.ine.mx, o presentar la documentación en la junta local o distrital más cercana a su domicilio.
Entre los requisitos para poder ser observador electoral, subraya ser ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos civiles y políticos; no ser, ni haber sido miembro de dirigencias nacionales, estatales o municipales de organización o de partido político alguno en los tres años anteriores a la elección, así como contar con credencial para votar vigente.
Además, las y los participantes no deben ser ni haber sido candidatos o candidatas a puesto de elección popular en los tres años anteriores a la elección; realizar el curso de capacitación que imparte el instituto.